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La separación Iglesia-Estado o entre la Iglesia y el Estado es un concepto legal por el cual las instituciones del Estado y el gobierno nacional se mantienen al margen de instituciones religiosas.
El concepto ha sido durante mucho tiempo un tema de debate político. A los que se oponen a la separación Iglesia-Estado se les suele llamar teócratas. Un concepto relacionado es el de religión civil.
La separación Iglesia-Estado está relacionada con la libertad de culto, pero son conceptos distintos, y no se debe inferir precipitadamente que los países con una religión de estado carecen necesariamente de libertad de culto, ni que un país sin religión oficial tiene necesariamente libertad de culto.
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Se han propuesto varias razones para apoyar la separación Iglesia-Estado:
El artículo 16 de la Constitución garantiza la libertad de culto así como la separación Iglesia-Estado, pero también indica que:
Las relaciones entre el Estado español y el Vaticano están reguladas por un concordato firmado el 3 de enero de 1979 y que sustituía al concordato anterior, de 1953.
La Iglesia Católica está exenta de pagar impuestos sobre la renta y sobre el consumo, entre otros. Asimismo, la conservación de sus edificios está garantizada por el Estado, que la financia con fondos públicos.
Existe controversia respecto del tratamiento que se le debe dar a la asignatura de religión en la escuela. Es obligatorio que se imparta la religión católica en las escuelas, aunque los alumnos de enseñanza primaria y secundaria pueden elegir cursar una asignatura alternativa.
Por último, muchos actos oficiales están presididos por símbolos y distinciones religiosas. Existe una distinción entre jurar y prometer un cargo, y los ministros del actual gobierno del PSOE (partido político considerado laico) juraron o prometieron su cargo frente a un crucifijo y una Biblia, además de un ejemplar de la Constitución.
Muchas personas y organizaciones laicas se oponen a la influencia que tiene la Iglesia Católica en el Estado.
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