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Dominio público

Por dominio público (también llamado demanio) se entiende el conjunto de bienes y derechos de titularidad pública no poseídos de forma privativa. Un ejemplo es el dominio público consistente en el espacio radioeléctrico, el demanio minero, las aguas terrestres, las aguas continentales...

Otros Ordenamientos Jurídicos consideran que el dominio público está formado por aquellos bienes cuyo titular es una comunidad. Así, las comunidades de regantes, de pastos, de bosques...

Últimamente estamos encontrando que por Dominio Público se entiende aquello que carece de dueño. Esta acepción no es acertada: lo que no tiene dueño se denomina Res nullius, que puede ser apropiado por cualquiera, pero nunca dominio público.

No obstante, el sentido que se le da a Domino Público en la Licencia de Documentación Libre GNU es el de algo que cualquiera puede utilizar, sin que pueda convertirse en dueño del mismo, ya que la propiedad corresponde a la Humanidad de forma incorporada.

También en este sentido, los textos son de dominio público pasados 50 años desde la muerte de su autor, en concordancia con el Convenio de Berna, aunque dicho convenio reconoce el derecho a los países signatarios a ampliar el plazo de la protección (en España es de 70 años).

Dominio público en estos casos se suele abreviar como PD.

Véase también Wikipedia:Recursos_de_dominio_público

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